| ¿Protección del patrimonio público en el extranjero? ¡Qué va! |
| Escrito por Omar Estacio Z. | X: @omarestacio |
| Viernes, 26 de Mayo de 2023 00:00 |
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Más que defender activo alguno, se trata, de un mamotreto para reprimir, para perseguir al adversario político porque la roboLución, cuando no roba, que es su verdadero ethos, reprime para vivir y vive para reprimir. Veamos: Una cosa es lo que cualquier instrumento legal o pseudolegal proclame y otra, la inmensa brecha que separa las proclamaciones de la realidad. Eso no hay de perderlo de vista. En cualquier caso ¡Excelente! loable, que quien quiera que sea, usurpador o no usurpador, se proponga de buena fe -inexistente en este supuesto- defender los “activos, derechos e intereses” de la República, cuando peligren en cualquier confín del Mundo. Sin embargo, hubiese sido más efectivo, en primer término, poner orden en la orgía interna. Porque el epicentro de todas las agresiones contra nuestro patrimonio público se localiza en el propio suelo patrio para irradiarse, de inmediato, hacia el extranjero. Improbable por no decir imposible, que ningún loan shark o prestamista usurero internacional, se abstenga, por ejemplo, de trabar ejecución sobre las acciones de Pdvsa Holding, en Citco por respeto o por temor a una ley sancionada por diputados considerados espurios, por decenas de países. Esa es la primera objeción que cabe hacerle a esa pseudoley, con título tan rimbombante: Que no protege nada, ni a nadie, porque carece, en lo absoluto, de efectos extraterritoriales. El segundo cuestionamiento, es que la ley en referencia, en lugar de facilitar la protección de tales activos, la criminaliza. Basta leer sus artículos finales, que castigan con 15 a 20 años de prisión a “quienes usurpen o se atribuyan la representación de Venezuela en el exterior”, aparte de sancionarlos con incautación de sus bienes personales en nuestro territorio. Ya lo dice el tópico: “Ni lavan, ni prestan la batea”. El desgobierno, de Maduro, está impedido de asumir la tuición de nuestros bienes nacionales, en muchos países extranjeros, porque no es reconocido como legítimo por un número considerable de integrantes de la comunidad internacional, por ilegítimo de origen e ilegítimo por desempeño; por ladrón, por asesino, torturador, narcoterrorista, por depredador del medio ambiente, por desvergonzado. Por si fuese poco, con la referida pseudoley, pretende perseguir a todo aquel que por mecanismos legales en país extranjero intente cualquier recurso procesal para salvaguardar tales activos, verbi gratia, la directiva de la Asamblea Nacional, legítima ( 2015), directamente o mediante mandatarios, que sí han sido reconocidos por varios países y, por ende, obligados al salvamento de todo patrimonio público que se localice en el extranjero y aquí llegamos adonde no quisiéramos haber llegado: al talante represivo, del referido instrumento pseudolegal que no está orientado a la defensa patrimonial alguna, sino a la persecución del adversario político. |
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