Constitucionalismo autoritario
Escrito por Domingo Alfonso Bacalao   
Miércoles, 16 de Diciembre de 2009 08:39

altLa ignorancia aposentada en el Tribunal Supremo de Justicia proclama la edad de piedra del Derecho Constitucional. Doble disparate, tanto histórico como doctrinario, en la era de las grandes transformaciones políticas y sociales, amén del servilismo postrado

ante el culto a la personalidad del hombre fuerte. Se busca la concentración del poder en el Ejecutivo, tesis que impide la actual Carta Magna, estableciendo una separación flexible de poderes autónomos que contribuirán entre sí a la realización de los fines del Estado, cada uno dentro de sus competencias.

Pero también servirá de balance, de control, de equilibrio, para que ninguno de ellos se imponga sobre los otros, desfigurando el régimen de libertades y atentando contra la seguridad de los ciudadanos.

El principio de la separación de poderes, desde su formulación por Montesquieu, ha sufrido grandes transformaciones, hasta nuestros días en que todavía se discute y analiza su importancia y pertinencia. Partiendo de la idea de que todo hombre con poder tiende a abusar de él, es conveniente, entonces, limitarlo para que no degenere en arbitrario o tiránico. Cuestionar con ambigöedades, sin solidez, su vigencia constitucional, como han hecho algunos magistrados, es abrirle las puertas a los gobiernos autoritarios que desean actuar sin ningún tipo de frenos o controles, torpedeándose de esta manera el núcleo central del estado de derecho y de justicia.

Este nuevo constitucionalismo, calificado por el presidente Chávez como popular, es una regresión bárbara en los anales del Derecho político latinoamericano y una peligrosa amenaza contra el ideal democrático enarbolado con fuerza desde el 19 de abril de 1810 y el 5 de julio de 1811. Una vuelta al personalismo y al caudillismo que marcan los peores momentos del siglo XIX venezolano y que parece brotar nuevamente en algunos países de nuestro Continente, afortunadamente en ínfima minoría. Verdadera tragedia para Venezuela, que en materia constitucional y en avances democráticos había logrado un encomiable progreso y un grado de estabilidad política que hoy echamos de menos en estas tierras.

Este constitucionalismo autoritario y reaccionario desmejora notablemente todo lo relacionado con el orden jurídico, y nos empuja brutalmente hacia la premodernidad política y dictatorial, sello característico del chavismo. Aquí debemos apuntar que debido a la ruleta política, llegan a la dirección de los órganos de la administración de justicia, personas sin las condiciones académicas y profesionales idóneas para abordar con la debida competencia todo lo relativo a un debate esclarecedor por su elevada entidad y trascendencia.

La Constitución de 1961 fue, sin lugar a dudas, un gran avance en nuestro ordenamiento constitucional, profundizado en muchos aspectos por la Carta de 1999, especialmente en su parte dogmática, por lo que resulta una penosa realidad una discusión disminuida que parece allanar el camino hacia una quiebra sustantiva y antidemocrática del actual Derecho político.

La presente Carta Magna interfiere los propósitos totalitarios del régimen, lo cual ha venido generando un ordenamiento paralelo de facto que la anula y la deroga, creándole problemas al gobierno, que debe estar pensando en la necesidad de una nueva Constitución. Mucho tiene que ver con esto el planteamiento originado en el TSJ sobre la separación de poderes y lo concerniente al nuevo constitucionalismo del siglo XXI. El presidencialismo hipertrofiado y la elección permanente del Presidente de la República, con órganos subordinados y claudicantes, constituyen el evangelio político de este constitucionalismo de nuevo cuño que nos ofrecen como una novedad "revolucionaria" para perpetuarse en el poder.

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