| La reforma judicial como condición republicana |
| Escrito por Ramón Escovar León | X: @rescovar |
| Martes, 03 de Marzo de 2026 03:43 |
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Sin jueces autónomos no hay equilibrio de poderes ni garantías; y sin ellas la paz social se evapora. La experiencia reciente lo confirma. El Tribunal Supremo de Justicia ocupa una posición central en el sistema judicial. Sus magistrados deben cumplir requisitos exigentes: formación intelectual, al menos quince años de trayectoria profesional, experiencia académica o judicial comprobada y dominio de la materia correspondiente a la sala que integren. No se trata de formalidades sino de exigencias constitucionales. La Constitución impide, por ejemplo, que un activista político sin trayectoria jurídica interprete la Carta Magna desde la Sala Constitucional. Tras la salida de Nicolás Maduro y la instalación de un gobierno interino, el país entra en una fase decisiva: reconstruir el Poder Judicial. Esa tarea no depende de declaraciones retóricas, sino de decisiones institucionales concretas. Durante años el Tribunal Supremo dejó de actuar como árbitro entre poderes para convertirse en un actor en el proceso de consolidar la hegemonía política. La subordinación al Ejecutivo no fue episódica sino sostenida. A medida que el respaldo social del gobierno se debilitaba y la crisis económica se agravaba, el sistema judicial asumió un papel central en la preservación del poder. Las sentencias que limitaron al Parlamento electo en 2015, la judicialización de la controversia política y la validación sistemática de decisiones gubernamentales configuraron una institucionalidad reñida con los principios republicanos. La historia muestra que los regímenes autoritarios rara vez prescinden del ropaje jurídico. Se apoyan en tribunales que otorgan apariencia de legalidad a decisiones previamente adoptadas en el ámbito político. Por ello, la transición exige una reforma judicial sustantiva, aunque no orientada a la revancha, sino a la restitución de la primacía constitucional. El primer paso consiste en revisar con rigor los procesos de designación de magistrados realizados en los últimos años. Si se comprueban irregularidades —opacidad en los baremos, incumplimiento de lapsos, ausencia de evaluación objetiva o nombramientos incompatibles con los requisitos constitucionales— corresponde corregir esos vicios mediante procedimientos que garanticen su no repetición. La legitimidad del Máximo Tribunal depende de la transparencia de su origen. No obstante, la revisión no es suficiente. Es necesario rediseñar el mecanismo de selección claro y democrático. Un Comité de Postulaciones Judiciales con participación efectiva de universidades, academias, colegios profesionales y la sociedad civil puede contribuir a restablecer credibilidad. La transparencia —hojas de vida verificables, audiencias públicas, lapsos reales de impugnación— es condición indispensable para reconstruir la confianza necesaria. No se trata de sustituir funcionarios, sino de reformar reglas. Un sistema judicial previsible y técnicamente sólido es esencial no solo para la protección de derechos, sino también para la recuperación económica. La inversión y el crecimiento dependen, en buena medida, de la seguridad jurídica. Al mismo tiempo, la transición exige una revisión del marco normativo vigente. En los últimos años, el ordenamiento jurídico amplió de forma considerable las facultades del Ejecutivo y redujo garantías fundamentales. Tipos penales imprecisos, restricciones a la libertad de expresión y asociación, así como amplias facultades de intervención administrativa, reflejan una lógica de concentración del poder. Entre las normas cuya revisión resulta prioritaria se encuentran la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento del Terrorismo, la Ley Orgánica contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia y la Ley Orgánica Libertador Simón Bolívar contra el Bloqueo Imperialista y en Defensa de la República Bolivariana de Venezuela, en la medida en que han sido utilizadas para restringir el disenso político y ampliar la discrecionalidad estatal. En este contexto, el presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, ha anunciado una agenda legislativa para el período 2026-2031 que incluye la reforma de ocho códigos y la aprobación de veintinueve leyes en materias económicas y sociales. La iniciativa podría contribuir a la modernización institucional. Sin embargo, su impacto dependerá de la coherencia con un principio previo: reducir la discrecionalidad acumulada y fortalecer los límites constitucionales. La transición enfrenta así un doble desafío: reconstruir el Poder Judicial y reordenar el marco normativo que lo rodea. Ambas tareas deben marchar en paralelo. Un tribunal independiente pierde eficacia si opera dentro de un sistema legal restrictivo, bajo el dominio del poder político. La reforma deberá incorporar, además, una dimensión de justicia transicional que evalúe la actuación institucional reciente y establezca responsabilidades conforme al debido proceso y la tutela judicial efectiva. No como ejercicio de revancha, sino como condición de madurez institucional. En última instancia, la estabilidad venezolana no dependerá de equilibrios coyunturales, sino de la consolidación de un sistema en el que los jueces limiten efectivamente el poder. La independencia judicial no garantiza por sí sola la democracia, pero sin ella no hay democracia. Conviene no olvidarlo: sin jueces independientes no hay República.
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