| Las prestaciones |
| Escrito por Carlos Sainz Muñoz |
| Viernes, 18 de Septiembre de 2009 06:17 |
La institución más emblemática del derecho laboral venezolano son las Prestaciones Sociales. Que tienen como bien jurídico tutelado reconocer los años de servicio y generar un patrimonio familiar
al final de la relación laboral que los amparen. En términos prácticos la evolución de las prestaciones no fue fácil, nacen con Ley del Trabajo de 1936 mediante el auxilio de Cesantía y la Antigüedad que reconocían 15 días por año de servicio, pero como simple expectativa de derecho sólo por despido injustificado del patrono. Mantenía el injusto legal del retiro o la renuncia del trabajador. Lo anterior fue corregido por la lucha de los trabajadores petroleros, en sus convenciones lograron como derecho adquirido las Prestaciones y ello fue imitado al menos en la antigüedad por otras y al final se recalculaban al último salario restando lo retirado a cuenta. Este sistema sobrevivió en la LOT de 1990 por oposición al cambio de los trabajadores. En 1974 con el decreto 123 se declaran como derecho adquirido y se calculan al último salario. En 1997 se produjo lo que siempre hemos llamado el Viernes Negro del derecho del trabajo aplicando el sistema actual que eliminó la retroactividad en perjuicio de los trabajadores. Es interesante destacar que ese cambio no fue general ya que los trabajadores petroleros, maestros, eléctricos y otros no claudicaron y no aceptaron el cambio y entonces sobrevivió el viejo y honroso sistema con retroactividad que es patrimonio también de las familias obreras. La Constitución Bolivariana en su transitoria cuarta ordenó la reforma bajo la fórmula constitucional del artículo 92 en forma proporcional al tiempo de servicio y calculado al último salario devengado. Es impostergable esa mora social de la reforma de la LOT, se debe honrar el mandato de la Constitución Bolivariana y los diputados obreristas se lo deben a la clase trabajadora y a sus familiares. |
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