La política ambiental
Escrito por Lucas Riestra   
Martes, 26 de Enero de 2010 10:32

altAun cuando el tema no es evidentemente el prioritario en la agenda nacional, no por ello es menos importante no perder de vista la importancia de establecer un conjunto de acciones dirigidas a la protección del ambiente

como factor fundamental para la calidad de vida de las generaciones actuales y futuras, en el entendido que el reto que enfrentamos está en combinar estas acciones con un crecimiento económico, que sea ambientalmente sostenible en el largo plazo, haciendo de este modo compatible el desarrollo económico y la protección del ambiente.

Es pertinente advertir que no es lo mismo la legislación que la política ambiental, aunque solo con una legislación ambiental completa y adaptada a los nuevos tiempos es posible ejecutar una efectiva política ambiental. Cuando defendemos con orgullo a Venezuela como país pionero en materia de legislación ambiental no estamos sosteniendo para nada que seamos el país modelo en cuanto a la protección del ambiente, lo cual permite concluir de entrada, que la mejor legislación ambiental del mundo, no basta para el logro de los objetivos del Desarrollo Sostenible. Es necesario apoyarse en las leyes y comprender que el ambiente en el que vivimos no es un recurso inagotable e invulnerable, para luego avanzar en las acciones de conservación y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, incorporando la variable ambiental en todos los programas, planes y proyectos, sean estos públicos o privados. Se requiere además cumplir y hacer cumplir las leyes. En dos palabras, hacer efectivos los objetivos del Desarrollo Sustentable, requiere de “voluntad política”, sin ella es inútil contar con las mejores normas ambientales, las cuales terminan por convertirse en letra muerta y sin vigencia real, aun cuando ninguna autoridad las haya derogado.

La política ambiental debe ser concebida en los tres niveles de organización del Estado, con los cuales aún contamos en Venezuela. Estos son el nivel nacional, el nivel estadal y el nivel municipal.

El Poder Nacional tiene la competencia de diseñar la política y aprobar la legislación ambiental de acuerdo a lo establecido en la Constitución de 1999, lo cual implica además de aprobar las leyes ambientales, establecer los objetivos y metas así como las acciones que en un nivel macro deben llevarse a cabo para la defensa del ambiente, debiendo además imponer las sanciones establecidas por las normas ambientales, garantizando los derechos consagrados en la Constitución.

A nivel regional encontramos las dependencias estadales del Ministerio del Ambiente, que ejecutan en los Estados las políticas diseñadas en el nivel nacional debiendo coordinar sus acciones con las gobernaciones. A su vez, siendo que la materia ambiental es una competencia concurrente en los tres niveles, los estados pueden ejecutar sus políticas a través de la creación de Oficinas Estadales de Ambiente o Direcciones Ambientales dependientes de la Gobernación, siendo que es una obligación fundamental del Estado, con la activa participación de la sociedad, garantizar que la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, debiendo entenderse la palabra Estado en su sentido amplio.

En cuanto a las políticas ambientales municipales, a estos se les atribuye directamente la competencia de proteger el ambiente y colaborar con el saneamiento ambiental, además de las materias relativas a desechos sólidos, distribución del agua, contaminación del aire por vehículos de transporte, contaminación sónica, salubridad y protección civil, además lo relacionados con las políticas y planes urbanos, ordenación territorial y el mantenimiento de los parques y jardines municipales.

Observamos pues una distribución de competencias y una concurrencia de las mismas que requiere de la cooperación y coordinación de acciones, para lo cual es una vez más necesaria la voluntad política de los actores especialmente de aquellos quienes tienen en sus manos la autoridad, esto con el fin de alcanzar los objetivos comunes y el tratamiento integral del ambiente, .

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