| Ley contra la propiedad privada |
| Escrito por Pedro A. Palma |
| Lunes, 15 de Junio de 2009 06:46 |
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En el anteproyecto de esa ley se establece que la propiedad privada de personas naturales y jurídicas sólo se reconocerá sobre bienes de uso y consumo y sobre medios de producción legítimamente adquiridos, tal cual como lo planteaba la propuesta de reforma constitucional repudiada. Analicemos esto con cuidado. Los bienes de uso y consumo son aquellos que se utilizan o consumen para satisfacer las necesidades de las personas, por lo que no entran en esa categoría los inmuebles distintos a la vivienda principal (terrenos, viviendas para alquilar, etc.), o bienes para ser explotados por terceros.
Eso significa que el segundo piso construido sobre la platabanda de la humilde vivienda con el fin de alquilársela a un tercero, o el segundo taxi comprado para que otra persona distinta al propietario lo explote, no pueden considerarse como bienes de uso y consumo, por lo que podrían ser objeto de expropiación. Si bien oímos una y otra vez que el gobierno no tiene intensiones de afectar la propiedad de los más pobres, nos preguntamos entonces, por qué la insistencia de limitar la propiedad privada de los individuos a los bienes de uso y consumo. ¿No será que aquí se intentan imponer las severas limitaciones a la propiedad de todos los ciudadanos, como sucede en Cuba? Creo más que justificada la suspicacia que muchos tenemos sobre este tema, aun cuando se intente maquillar la norma, como ha sucedido en días recientes, con el fin de acallar las críticas. |
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