Guayana Esequiba: Comparecer, con fuerza jurídica ante la Corte, sin ningún temor |
Escrito por Dr. Abraham Gómez | X: @fabrahamgr |
Miércoles, 06 de Agosto de 2025 00:00 |
Es decir, fuimos despojados de una séptima parte de nuestra geografía nacional con el denominado Laudo Arbitral de París de 1899; adefesio jurídico que desde entonces lo hemos calificado de írrito y de nulidad absoluta. Inexistente. Además, esa patraña arbitral quedó definitivamente rechazada y sepultada una vez que se firmó el Acuerdo de Ginebra, el 17 de febrero de 1966, único documento con pleno vigor jurídico en este asunto litigioso. ¿Qué tiene nuestra Guayana Esequiba que permanentemente ha sido tan apetecible? Veamos lo siguiente a manera de referente. El territorio en contención posee incalculables riquezas mineras, acuícolas, hidroeléctricas, forestales, energéticas, edafológicas, petroleras, agroindustrial etc. Comparativamente es muchísimo más grande que algunos países europeos, asiáticos y centroamericanos, con extraordinario potencial de desarrollo sostenible. Un dato adicional, para apreciar en su precisa dimensión: con un 10 % de la producción de cualesquiera de los rubros aprovechables, mencionados arriba que entraña ese territorio, Venezuela resolvería su problema económico por 60 años. Digamos también, por otra parte, que hemos estado reclamando con ímpetu para nuestra Nación la devolución de ese inmenso espacio. Ha habido desde hace muchos años y gobiernos -lo reconocemos- algunos deslices, desaciertos e impropiedades. De cualquier forma, la fuerza reclamativa ha sido indetenible e implacable. La búsqueda de la justa restitución que hemos intentado por vías diplomáticas, políticas y jurídicas no están sustentados en caprichos chauvinistas, reacciones intemperantes, desproporcionadas o injustas. Tenemos cómo y con qué. Me he permitido ir explicando en todas mis conferencias por varias universidades, en las plataformas digitales y, presencialmente, en otras instituciones del país las razones y argumentos sociohistóricos, cartográficos y jurídicos que nos asisten. La delegación diplomática de Guyana está impelida a mostrar -en la fase probatoria que comienza este mes-- los elementos estructurantes de su pretensión; y hasta el día de hoy no tienen nada. Todo cuanto pretende Guyana requiere pruebas, y no cuentan con tales elementos jurídicos. Verdaderamente, allí lo que ha prevalecido (sobre todo desde el 2015 para acá) es un juego de intereses dinerarios entre los gobiernos de cualquier signo político; llámese del PPP o del CNP y el enjambre de empresas transnacionales que están esquilmando nuestros recursos en el territorio y en su proyección atlántica. Por distintas vías nos preguntan que si nos conviene asistir el próximo (11) de agosto a la audiencia programada, cuando se inicia el trayecto de probanzas para las Partes concernidas. Ese día corresponde presentarse a la delegación venezolana. He respondido, sin temor ni lugar a dudas, que sí. Afirmativamente. Debemos comparecer. Ahora, más que nunca; por cuanto, llevaríamos nuestra alforja irrebatible e incontrovertible- jure et de iure- de derecho y por derecho, que no admite pruebas en contrario, Doy mis razones. Las mismas que ya he aportado en anteriores ocasiones, en distintos escenarios. ¿Por qué debemos asistir para defender lo nuestro? Porque entre los dos Estados en controversia en este juicio (Venezuela y Guyana) somos nosotros los únicos que poseemos los justos títulos traslaticios que nos acreditan como los verdaderos propietarios de esa inmensa extensión territorial, con sus incalculables riquezas – como ya expuse- que nos arrebataron con añagazas y alevosías. Tenemos cómo probar y demostrar las trampas perpetradas, a través de la colusión y prevaricación de quienes decidieron en nuestra contra. No debemos – bajo ninguna circunstancia- dejar solo al contrincante en el foro jurisdiccional internacional que se nos presenta, en tanto y en cuanto Sala Juzgadora en este pleito centenario. A nuestro entender, se asoma como la ocasión (tal vez) definitiva de reivindicar nuestra geohistoria en ese particular. Conforme al artículo (236) de nuestra Constitución Nacional le corresponde al jefe de Estado autorizar o no la comparecencia ante la Corte; por cuanto es de su exclusiva atribución el manejo de la política exterior de Venezuela. Así también, hacemos del conocimiento de la opinión pública nacional que contamos con un elogiado y densamente calificado equipo multidisciplinario para la defensa en el precitado Proceso. Añádase que en estricto derecho no hay nada que temer. Nos conseguimos quienes señalan que hubo un referendo consultivo en el 2023, que anula cualquier posibilidad de hacernos presentes en la Corte, porque nuestro país no le reconoce jurisdicción a la citada Sala Juzgadora. Primero, debemos aclarar que una cosa es jurisdicción (potestad generalizada de los magistrados de administrar justicia, que en sí misma la tienen); y la otra es la competencia (facultad específica para conocer y resolver un caso concreto). Resulta (hay que tenerlo muy en cuenta) que La Corte se autoconfirió la competencia en diciembre de 2020 para conocer forma y fondo de esta controversia; por lo que – a mi modo de ver- no nos queda otra. El juicio jamás se ha paralizado. El artículo (53) del Estatuto de la Corte es preciso y directo: “Si una de las partes no comparece ante la Corte o se abstiene de defender su caso, la otra parte puede solicitar que la Corte dicte sentencia a su favor”. No podemos correr el riesgo de que se nos aplique la establecida norma sin antes haber defendido con honores y bastantes recursos procesales , de pleno derecho, lo que siempre ha sido nuestro. |
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