Un pequeño detalle...
Escrito por Jorge Sánchez Meleán   
Viernes, 13 de Noviembre de 2009 08:38

altComo se estaba esperando, el 4 de noviembre el régimen actual logró de un poder legislativo sumiso, la aprobación en primera discusión -en tiempo récord- del proyecto de ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno, elaborado en el mayor  secreto por el Poder Ejecutivo. El proyecto es una burla descarada al estado de derecho y a todos los ciudadanos como depositarios que somos de la soberanía popular. Se burla al estado de derecho, pues de los 30 artículos del proyecto de ley, 10 son inconstitucionales, irrespetando así al pueblo venezolano, ya que en el referendo del 2007 éstos fueron negados.

El proyecto, en consecuencia, es una reforma constitucional encubierta en una ley orgánica, que sólo puede ser aprobado por un parlamento servil, carente en absoluto de autonomía y criterio propio. Basta analizar el objeto de la ley para comprender su propósito y la inconstitucionalidad manifiesta que lo envuelve. El Consejo Federal de Gobierno previsto en el artículo 185 de la Constitución, es "el órgano encargado de la planificación y coordinación de políticas y acciones para el desarrollo del proceso de descentralización y transferencia de competencias del Poder Nacional a los estados y municipios". Pero, para el régimen y sus parlamentarios sumisos, debe ser un órgano para "establecer los lineamientos de la planificación y coordinación de las políticas y acciones necesarias para el adecuado desarrollo regional". Y  además, las transferencias de competencias deben ser "de los entes territoriales a las organizaciones detentadoras de la soberanía originaria del Estado".

Cualquier lego en la materia sabe que descentralización no es lo mismo que desarrollo regional; y que la transferencia de competencias hacia "las organizaciones detentadoras de la soberanía originaria del Estado", nada tiene que ver con la transferencia de competencias "del Poder Nacional a los estados y municipios" como lo establece el texto constitucional. Es asombroso, que siendo Venezuela un estado federal descentralizado (artículo 4 de la Constitución), y que siendo la descentralización una política nacional (artículo 158 de la Constitución), en ninguno de los 30 artículos de la ley que debe planificarla se le mencione en lo más mínimo. Este “pequeño” detalle delata la intención de sus redactores: acabar con ella.

(*): Economista

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