Observaciones a la nueva Ley de Educación |
Escrito por Olga Ramos |
Lunes, 10 de Agosto de 2009 06:55 |
Después de leer la última versión publicada por la Asamblea Nacional, por vía electrónica, se pueden apreciar algunos cambios, sobre los que haré algunos comentarios
En los primeros 3 artículos, no se observa, ningún cambio, pero en el artículo 4, el que contiene la definición del Estado Docente, se agregó la siguiente frase “el Estado Docente se rige por los principios de cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad”. Se entiende que una frase así, agregada al artículo en el que se define la naturaleza de la relación entre el Estado y el sistema educativo, indica que, en su actuación, seguirá esos principios y por tanto, debe estar recogido ese espíritu en el resto del texto legal y en los instrumentos de menor jerarquía que lo desarrollen. Estos principios se deben aplicar, tanto para la actuación que tengan las diversas instancias del Estado entre sí, como para la relación que se desarrolle entre el Estado y los otros agentes educativos. En este caso, es importante resaltar, que el espíritu de esos principios indica un tono en el tipo de disposiciones que se deben incluir en la ley, que no es precisamente el que se desarrolla en buena parte del resto del articulado. Obviamente, en algunos legisladores, existe la idea de elaborar y aprobar una ley especial al respecto y nos preguntamos cuál es el propósito de la misma y si la desaparición de la mención en este artículo, significa que se desechó como idea o simplemente, se postergó su inclusión en el entramado de normas que legislarán los aspectos relativos a la educación en Venezuela.
Sin embargo, es importante resaltar dos cosas: la primera es la inclusión de los recursos didácticos como insumos de uso obligatorio, lo cual restringe, la libertad de la actuación docente en el aula, a la vez que atenta contra el derecho de todos a tener una educación de calidad, ya que, sabemos que para lograr una educación de calidad para todos, los procesos que se desarrollen en las escuelas tienen que considerar la diversidad de los alumnos, sus necesidades peculiares y las diferencias individuales, por lo que establecer recursos didácticos de uso obligatorio, es un contrasentido. Y por otra parte, sabemos que la formación de un pensamiento crítico y el desarrollo de competencias asociadas al manejo y análisis de información, se favorece con el uso de diversas fuentes de información en el aula y fuera de ella, por lo que la restricción de los textos escolares a los obligatorios, es un considerable retroceso en la dinámica pedagógica de la educación básica en Venezuela. |
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