La coyuntura del petróleo
Escrito por D. F. MAZA ZAVALA   
Jueves, 20 de Mayo de 2010 05:52

altExisten las bases históricas y las constitucionales de la explotación de hidrocarburos. La era del petró1eo para Venezuela comenzó en la década de los años veinte del siglo pasado y no se vislumbra en la actualidad cuándo entrará en la decadencia definitiva. 

Más que pasar, la era del petróleo cobra impulso; en este país la dependencia con respecto a esa explotación es creciente. Ha sido paradójica ­estos ú1timos diez años­ la realización del objetivo de sembrar el petró1eo, que alumbró las expectativas nacionales en 1936. 

Mientras más dependemos del petróleo, más encogida y maltrecha está la economía compensatoria, agrícola, industrial, de servicios productivos. 

Lo más lamentable es que la propia actividad petrolera sufre decaimiento: Pdvsa padece insuficiencia financiera, endeudamiento, aumento de costos, baja inversión, escaso mantenimiento, sobrecarga de funciones sociales que no le corresponden, exceso de personal, entre otras aspectos desfavorables. La tentación del potencial de la faja del Orinoco oscila entre la carencia de recursos propios para su aprovechamiento y la apetencia de intereses extranjeros para asegurarse participaciones. 

El artículo 12 de la Constitución establece la propiedad de los recursos mineros y de hidrocarburos en cabeza de la República. Estos recursos son inalienables y forman un elemento real de la soberanía nacional. Representan, por ahora, la sustancia del futuro de la nación. La condición básica que debe orientar la apertura de esa explotación a empresas extranjeras es el sostenimiento del dominio de Pdvsa en las relaciones con las empresas mixtas; ese dominio configura la soberanía sobre los recursos naturales y sobre el desenvolvimiento mismo de la explotación. Para asegurarlo, es indispensable la formulación de un programa integral, que comprenda las fases de exploración, explotación, procesamiento, transporte y comercialización. 

El artículo 150 de la Constitución, al calificar de interés púb1ico contratos celebrados o que celebre el Poder Ejecutivo en materias especiales como la petrolera, obliga al requisito de su aprobación por la Asamblea Nacional. No estoy seguro de que ese requisito haya sido cumplido en los contratos celebrados para la formación de las empresas mixtas que tengan por objeto la explotación de partes de la faja. Una vez más hay que advertir que en este asunto está en consideración la soberanía económica. 

El artículo 302 de la Constitución reserva exclusivamente al Estado la actividad petrolera y otras de índole básica, de manera que la responsabilidad de ellas compromete al poder nacional en su totalidad en la preservación de esa exclusividad, y cualquier asociación o participación de intereses privados es una delegación condicional de esa responsabilidad. Tambiénla carta fundamental dispone que las acciones de Pdvsa no pueden ser transferidas o cedidas en ninguna proporción a ninguna empresa. El artículo 311 ordena que los ingresos fiscales petroleros sean aplicados en su totalidad o en su mayor parte a la inversión reproductiva y al desarrollo social. 

Ese ingreso, hay que advertirlo reiterativamente, procede de la liquidación de un activo patrimonial de la nación, como son los yacimientos de hidrocarburos, y, por tanto, su aplicación al gasto corriente ­como se ha venido haciendo­ empobrece a la colectividad venezolana. 

Los objetivos de una política petrolera orientada por el interés nacional son principalmente los siguientes: la optimización y estabilización del ingreso derivado de la actividad petrolera; en este sentido hay que determinar la combinación eficaz entre precios y volumen físico de las operaciones de producción y exportación; la producción debe ser regulada en concordancia con las necesidades del desarrollo nacional y la conservación de los recursos naturales, a la luz de la dinámica del mercado internacional; hay que perseguir una transformación progresiva de la exportación de hidrocarburos, en el sentido de agregar valor cada vez más a esa exportación mediante la refinación más a fondo y la industrialización; la integración real de la actividad petrolera estaba entre los objetivos explícitos de la nacionalización (1976), de manera que llegara a constituir un componente dinámico de la estructura productiva del país; en este orden de ideas es conveniente la incorporación del capital privado venezolano a determinadas fases de la actividad petrolera y, particularmente, a la explotación de la faja del Orinoco. Se trata de nacionalizar efectivamente los beneficios múltiples de la explotación de petróleo y gas; no simplemente difundir ingresos de índole social, que en verdad son subsidios al consumo. El objetivo general tiene que ser situar el petróleo en el sitio justo que le corresponde en la economía nacional y superar la dependencia ­ahora casi absoluta­ de ésta con respecto a aquel.


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