Petición de libertad para jueza María Lourdes Afiuni
Escrito por Comunicado   
Lunes, 22 de Noviembre de 2010 08:01

altEl conjunto de organizaciones que constituimos la Red del Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres y demás firmantes, repudiamos el acoso, vejación permanente y situación infrahumana a la cual está siendo sometida permanentemente la Jueza María Lourdes Afiuni,

desde que fue privada de su libertad el 10 de diciembre de 2009.


Los últimos hechos repudiables más inmediatos quedan demostrados en lo siguiente:

1.-El domingo 7 de noviembre, durante la visita que realizaron sus familiares a la cárcel de mujeres donde se encuentra la Jueza Afiuni, las autoridades de dicho centro se dedicaron a causar las mayores humillaciones, tanto a la Jueza como a su familia. Entre los hechos de ese día tenemos que los enseres y la ropa limpia que le llevaron sus familiares fueron totalmente dañados y la comida fue contaminada.

2.- La Jueza Afiuni está sufriendo de un quiste en uno de sus senos que va aumentando de tamaño, por lo que requiere de una biopsia. Por tal razón, el 8 de noviembre del presente año fue trasladada al Hospital Oncológico esposada de una manera tan violenta que las muñecas de sus manos están todas hin- chadas y amoratadas. En el Oncológico los efectivos militares que la traslada- ron pretendían estar presentes durante el examen ginecológico como habían estado cuando le practicaron la mamografía, a lo que el médico se negó.

3.- Vale recordar que durante estos once meses de prisión a la Jueza Afiuni no se le ha permitido ni siquiera salir de su celda a tomar sol. Sólo lo toma cuando es trasladada a una audiencia o a un hospital.

4.- No hay que olvidar que la Jueza Afiuni se encuentra presa por órdenes expresas del Presidente de la República, Hugo Chávez Frías, quien pidió que se le aplicara la pena máxima de 30 años de prisión, prevista por la ley venezolana para delitos como homicidio o traición a la patria, por el sólo hecho que la Jueza, María Lourdes Afiuni dictó una medida cautelar sustitutiva de prisión justificada por las violaciones al debido proceso, a la cual tienen dere- cho las personas que van detenidas por delitos.

Ante lo anteriormente expuesto, el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres exhorta a todas las organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos humanos, tanto a nivel nacional como internacional, elevar su voz de protesta y solicitar la libertad incondicional de la Jueza María Lourdes Afiuni.

El Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres se per mite recordar a las Autoridades Nacionales que el caso de la Jueza María Lourdes Afiuni, puede ser considerado un "crimen de lesa humanidad", con- templado en el Artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998, y el cual entró en vigencia el 1 de julio de 2002. Venezuela, como Estado signatario del Estatuto de Roma está obligada, nacional e internacionalmente, a respetarlo y cumplirlo.
Caracas, noviembre 2010


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