| De la Comisión Delegada |
| Escrito por Luis Barragán | X: @luisbarraganj |
| Lunes, 18 de Agosto de 2014 02:03 |
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De la Comisión Delegada
Luis Barragán
Ha finalizado el primer período de sesiones de la Asamblea Nacional y, a pesar de la aparente paradoja de su difusión, el país no se da por notificado. Ésta sola circunstancia, constituye una clara ventaja para el régimen de un marcado sesgo antiparlamentario, pues, afectando las misiones fundamentales, neutraliza a la oposición y, a la vez, monopolizándola hasta para las entrevistas más zoquetas, transmite por ANTV lo que deseé, salvo que Miraflores encadene para el adicional festejo de la subordinación de los poderes públicos.
Consabido, el período en cuestión exhibe el atentado sin precedentes contra la inmunidad parlamentaria como institución, al destituir administrativamente o pretendiendo hacerlo bajo cualquier costo político e histórico, a María Corina Machado. E, incluso, habilitadora, la gestión expone un conjunto de leyes sancionadas de una incierta promulgación, negándose a debatir los problemas que esencialmente angustian a los venezolanos. Por ello, una humorada en la asamblea de ciudadanos realizada recientemente con María Corina, Gabriel Puerta Aponte y el suscrito, en una urbanización popular del oeste caraqueño, alguien exhibió un cartel que decía: “Me haré el palestino para que respeten mis derechos”.
En las postrimerías de esta etapa, acotamos tres circunstancias: por una parte, la oposición unida salvó el voto al concedérsele el permiso temporal para que un diputado oficialista ocupara al día siguiente un elevado cargo del Ejecutivo, previendo regresar a la cámara seis meses después, en franca violación y burla del artículo 191 de la vigente Constitución de la República; por otra, casi un mes después, sancionada por unanimidad la Ley Orgánica de Recreación, fue levantada para modificarla parcialmente, cuando ya se supone en trámite de promulgación transcurrido más de diez días de la obvia remisión que ha debido hacerse al Presidente de la República, según los artículos 213 y 214 constitucionales. Luego, cumplido el año de la sanción de sendos instrumentos (la Ley para el Desarrollo y la Creación Artesanal, el Código Orgánico Penitenciario, la Ley Especial sobre el Hurto y Robo de Vehículos y la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Nuevos y Usados), el Presidente no las ha devuelto o promulgado, deber éste que ha de asumir la junta directiva de la Asamblea Nacional de conformidad con el artículo 216 constitucional, sin tales que tales materias puedan ser objeto de la consabida habilitante.
Iniciado el receso parlamentario, entra en funciones la Comisión Delegada, conformada por la junta directiva y los presidentes de las comisiones permanentes, a tenor de los artículos 195 y 196 de la Constitución de 1999, que - no dudemos – para proseguir el ritmo de aprobación de las solicitudes de crédito adicional, como ha sido la característica del período ordinario. Por supuesto, desconocida la importante representación de la oposición que fue despojada del liderazgo que le correspondía en tales comisiones, el gobierno nacional despacha y se da el vuelto, sin el menor chiste.
Ahora bien, la situación contrasta con la Constitución de 1961 en su artículo 178, cuya Comisión Delegada reflejaba “en lo posible la composición política del Congreso”, versionando el específico mandato de la democratizadora Constitución de 1947 en su artículo 182, el cual expresamente contemplaba la representación de las minorías en lo que llamó la Comisión Permanente. La actual fórmula normativa que irónicamente respondió a la viva ambientación antipartidista de finales del siglo pasado, sin el asomo de la menor inquietud del constituyente, a pesar del retroceso que significaba y significa, hace trizas las viejas demandas del sector marxista, porque – a modo de ilustración – Domingo Alberto Rangel, en el dificilísimo tránsito de 1962, se quejó amargamente de la composición de la por entonces Comisión Delegada (El Nacional, Caracas, 17/07/1962), aunque las minorías (Independientes, PCV y MIR) estuvieron representadas en ella.
@LuisBarraganJ
Ésta sola circunstancia, constituye una clara ventaja para el régimen de un marcado sesgo antiparlamentario, pues, afectando las misiones fundamentales, neutraliza a la oposición y, a la vez, monopolizándola hasta para las entrevistas más zoquetas, transmite por ANTV lo que deseé, salvo que Miraflores encadene para el adicional festejo de la subordinación de los poderes públicos. Consabido, el período en cuestión exhibe el atentado sin precedentes contra la inmunidad parlamentaria como institución, al destituir administrativamente o pretendiendo hacerlo bajo cualquier costo político e histórico, a María Corina Machado. E, incluso, habilitadora, la gestión expone un conjunto de leyes sancionadas de una incierta promulgación, negándose a debatir los problemas que esencialmente angustian a los venezolanos. Por ello, una humorada en la asamblea de ciudadanos realizada recientemente con María Corina, Gabriel Puerta Aponte y el suscrito, en una urbanización popular del oeste caraqueño, alguien exhibió un cartel que decía: “Me haré el palestino para que respeten mis derechos”. En las postrimerías de esta etapa, acotamos tres circunstancias: por una parte, la oposición unida salvó el voto al concedérsele el permiso temporal para que un diputado oficialista ocupara al día siguiente un elevado cargo del Ejecutivo, previendo regresar a la cámara seis meses después, en franca violación y burla del artículo 191 de la vigente Constitución de la República; por otra, casi un mes después, sancionada por unanimidad la Ley Orgánica de Recreación, fue levantada para modificarla parcialmente, cuando ya se supone en trámite de promulgación transcurrido más de diez días de la obvia remisión que ha debido hacerse al Presidente de la República, según los artículos 213 y 214 constitucionales. Luego, cumplido el año de la sanción de sendos instrumentos (la Ley para el Desarrollo y la Creación Artesanal, el Código Orgánico Penitenciario, la Ley Especial sobre el Hurto y Robo de Vehículos y la Ley que Regula la Compra y Venta de Vehículos Automotores Nuevos y Usados), el Presidente no las ha devuelto o promulgado, deber éste que ha de asumir la junta directiva de la Asamblea Nacional de conformidad con el artículo 216 constitucional, sin tales que tales materias puedan ser objeto de la consabida habilitante. Iniciado el receso parlamentario, entra en funciones la Comisión Delegada, conformada por la junta directiva y los presidentes de las comisiones permanentes, a tenor de los artículos 195 y 196 de la Constitución de 1999, que - no dudemos – para proseguir el ritmo de aprobación de las solicitudes de crédito adicional, como ha sido la característica del período ordinario. Por supuesto, desconocida la importante representación de la oposición que fue despojada del liderazgo que le correspondía en tales comisiones, el gobierno nacional despacha y se da el vuelto, sin el menor chiste. Ahora bien, la situación contrasta con la Constitución de 1961 en su artículo 178, cuya Comisión Delegada reflejaba “en lo posible la composición política del Congreso”, versionando el específico mandato de la democratizadora Constitución de 1947 en su artículo 182, el cual expresamente contemplaba la representación de las minorías en lo que llamó la Comisión Permanente. La actual fórmula normativa que irónicamente respondió a la viva ambientación antipartidista de finales del siglo pasado, sin el asomo de la menor inquietud del constituyente, a pesar del retroceso que significaba y significa, hace trizas las viejas demandas del sector marxista, porque – a modo de ilustración – Domingo Alberto Rangel, en el dificilísimo tránsito de 1962, se quejó amargamente de la composición de la por entonces Comisión Delegada (El Nacional, Caracas, 17/07/1962), aunque las minorías (Independientes, PCV y MIR) estuvieron representadas en ella. @LuisBarraganJ |
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