Competencia desleal y paradigma de política pública Venezuela |
Escrito por Enrique González Porras | X: @enriquergp |
Sábado, 21 de Diciembre de 2019 07:36 |
El sector productivo nacional, y el sector manufacturero e industrial en específico, viven un colapso acelerado, que acumulado a lo largo de los últimos 6 años está dejando un cementerio industrial, una enorme obsolescencia del parque existente y una capacidad ociosa significativa. El fenómeno de activación de cierto nivel de consumo de productos de origen estrictamente importado, sustituyendo parte de la oferta doméstica de ciertos bienes termina de complicar un panorama macroeconómico adverso al desarrollo de actividades productivas en el país, a la pérdida de poder de compra de la demanda doméstica y la pérdida de productividad doméstica. Los industriales venezolanos de alguna manera han realizado un llamado de atención ante este fenómeno, denunciándolo como una situación de competencia desleal en contra de los productores domésticos. En este orden de ideas se ha alegado que la importación de productos finales de consumo ha gozado de beneplácito y exoneración de trámites administrativos y cargas arancelarias que terminan perfeccionando un marco institucional y de mercado adverso en contra de los productores domésticos. Efectivamente, la creación artificial de “ventajas competitivas” producto de un trato discriminatorio vía política pública en contra de oferentes en el mercado constituye una lesión a la eficiencia del mercado –sin que necesariamente se esté beneficiando a los consumidores finales porque la situación ideal sería que todos los oferentes estén compitiendo en igualdad de condiciones para que se produzca el passthroughhacia el consumidor final de los beneficios de la competencia-. Sin menoscabo de lo dicho anteriormente, podría existir la tentación de asomar que dicha política implica hacer uso del paradigma y criterio de política pública de tutelar a los consumidores finales o el excedente de los consumidores por encima de los beneficios de los productores. En una primera instancia parecería lucir potable dicho paradigma de política pública en materia económica y específicamente en materia comercial, por hacer a una mayoría, como serían los consumidores finales, los sujetos tutelados. Sin embargo, habría que tener sumo cuidado porque resultaría engañosa la lógica anterior –especialmente en el caso que nos ocupa, de importación masiva de productos de consumo final-. Específicamente, una visión de corto plazo y clientelar de las políticas públicas en materia de comercio en Venezuela, que adopte un criterio y un paradigma regulatorio en favor de los consumidores –o al menos a un grupo de los consumidores- en contraposición a un criterio y paradigma de tutelaje del bienestar social –donde se suman tanto el excedente de los consumidores como el beneficio de las empresas- podría terminar lesionando la eficiencia dinámica y a la sociedad. En este sentido, precisamos ciertos elementos que deben ser ponderados al respecto. Primero, debe valorarse que los empresarios y/o accionistas de las empresas son igualmente consumidores, por lo que, si se busca tutelar a los consumidores, no se entendería el por qué dejar estrictamente a estos fuera de la política pública. Segundo, el poder de compra de los accionistas y propietarios de las empresas en su rol de consumidores, dinamiza igualmente al consumo y a la actividad económica por lo que no tendrían por qué ser descartados del paradigma de política pública. Tercero, porque por un lado un beneficio artificial de exoneración del cumplimiento de exigencias arancelarias o administrativas constituye un “beneficio” en el primer caso –el arancelario- que podría ser trasladado al consumidor sólo parcialmente –dependerá de la elasticidad de la demanda y de la elasticidad de la oferta-; y en el segundo caso –trámites administrativos- ya constituían costos eventualmente innecesarios que implicaban destrucción de bienestar que podrían continuar presentándose para el caso de productos domésticos (lo anterior sin valorar los potenciales efectos negativos sociales de liberar a los productos de origen importado del cumplimiento de normas técnicas o sanitarias creadas con asidero normativo). Cuarto, porque valorar únicamente al consumidor final y no al bienestar social –donde se pondera igualmente el beneficio de las empresas domésticas-, cuando nos enfrentamos a un mercado de oferta de origen importada y otra de origen doméstica; terminará forzando que los beneficios artificiales en favor de los primeros oferentes podrían eliminar valor creado y capturado por los productores domésticos que formarían parte del bienestar social. Dichas transferencias de beneficios o rentas entre oferentes domésticos a oferentes foráneos no quedan en la economía nacional. Quinto, como lo planteara Kenneth Heyer en un artículo publicado en 2006 referido a los paradigmas regulatorios: “la defensa de un estándar de bienestar que ignore el beneficio de los productores contribuye a la percepción de que los productores existen sólo para beneficiar a aquellos a quienes venden y que el bienestar derivado de la producción, actividad desarrollada generalmente a altos costos y asumiendo riesgos, no posee valor en sí misma. Esta visión contribuye a facilitar la adopción de todo tipo de políticas que reduce el bienestar social por el hecho de beneficiar a cierto grupo de consumidores a costa de los productores, a pesar de los efectos negativos que dichas políticas ejercen sobre el bienestar económico y social tanto de largo como de corto plazo”. Sexto, el criterio del bienestar social suele facilitar incorporar y valorar los efectos de las políticas sobre la eficiencia dinámica, especialmente el referido a la necesidad de un circulo virtuoso de consumidores potenciando el consumo de producción doméstica que a su vez permita remunerar factores replicar el consumo y la actividad productiva. El simple consumo de productos de origen importado basado en la liquidación patrimonial del consumidor, no implica un mecanismo recursivo que garantice su perpetuidad en el tiempo. Dado que el estado venezolano carece de instituciones e instancias técnicas que permitan discutir previamente el diseño y la implementación de las políticas públicas, regulatorias y comerciales, los distintos miembros de la sociedad civil deben organizarse para crear espacios que permitan valorar el impacto de las mismas, permitiendo advertir respecto a sus costos y a sus efectos colaterales no deseados. |
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