La descentralización carcelaria o la república de los “pranes”
Escrito por Guillermo Martín | @guimarcastel   
Viernes, 29 de Abril de 2016 00:32

altEn Venezuela persiste el mito que sostiene la necesidad de descentralizar nuestro sistema penitenciario, como lo afirmaba el difunto penalista Elio Gómez Grillo.

No obstante, ese proceso ya ocurrió –sin las bondades que esperaba su principal promotor.
Antes de entrar en materia, hay que advertir que la descentralización administrativa puede conllevar tanto la mejoría como la ineficiencia en la prestación de un determinado servicio, o ejecución de una competencia determinada, por parte de las distintas entidades descentralizadas.
No siempre la prestación descentralizada es preferible a la central, ya que hay estados o municipios (e incluso empresas privadas o fundaciones) que carecen del presupuesto, personal calificado e instalaciones suficientes para proveer un nivel de servicio al menos comparable con lo que ofrecería la República. La descentralización puede aumentar la eficiencia y eficacia de respuesta a las demandas ciudadanas, pero nunca será una panacea. A veces –más de las que uno cree- “el remedio es peor que la enfermedad”.

1.- La descentralización como “decreto” (de programación neurolingüística)
Durante el interinato de Ramón José Velásquez (1993-1994), su ministro de Estado para la descentralización, Allan Brewer-Carías, presentó una serie de reglamentos tendentes a la implementación de la Ley orgánica de descentralización, delimitación y transferencia del Poder Público (1989). En particular, el reglamento octavo establecía la figura de encomienda penitenciaria, consistente en un mecanismo de desconcentración que confería a los gobernadores ciertas funciones de supervisión carcelaria (selección de personal y la no aceptación de procesados de otros estados). Dicha encomienda se fundamentaba en acuerdos –suscritos entre 1994 y 1995- que podía rescindir por su cuenta el extinto Ministerio de Justicia (luego fusionado con el despacho del Interior).
Cabe advertir que seis de los 23 estados (Aragua, Carabobo, Falcón, Guárico, Miranda y Trujillo) y el antiguo Distrito Federal (hoy Distrito Capital) eludieron las respectivas encomiendas. Nótese que en el año 2000 esas siete entidades federales poseían 16 establecimientos penitenciarios y 51% de la población reclusa, es decir, la mitad del sistema penitenciario quedó al margen del aprendizaje que suponía la encomienda; de hecho, tal vez el único esfuerzo notable haya ocurrido en el Zulia, durante el gobierno de la finada penalista y criminóloga Lolita Aniyar de Castro.
Por otra parte, la realidad daba al traste con las ingenuas afirmaciones de Gómez Grillo en un artículo de prensa de 1991, según las cuales cabría esperar un mayor conocimiento de las necesidades de la población reclusa por parte de los gobiernos estadales; en su mundo ideal, sería preferible tener más de 20 autoridades comprometidas con respuestas específicas para cada establecimiento penitenciario, en vez de la acción distante y uniforme del gobierno nacional. Resulta que todavía  –25 años después- la otra mitad del sistema se distribuye en 13 entidades federales, e incluso hay cuatro estados donde sólo hay calabozos policiales. En efecto, para poder descentralizar también hay que considerar la proporción de cárceles y reclusos que posee cada entidad federal –además de clasificar según nivel de peligrosidad a dicha población.
Debido a que en Venezuela no existe federalismo fiscal, sino rentismo petrolero, un estado dependiente de transferencias intergubernamentales (categóricas y situado constitucional) sería incapaz de lidiar con una problemática tan compleja, como la administración de su propio sistema penitenciario, sin que haya al menos experiencias piloto durante varios años.
Sin embargo, en 1999 las buenas intenciones del diputado Gómez Grillo fueron impuestas por la Asamblea Nacional Constituyente en una norma general, todavía no legislada, que refleja la admiración del penalista por el sistema carcelario abierto, propio de los países nórdicos, sobre todo Noruega.
“Artículo 272. El Estado garantizará un sistema penitenciario que asegure la rehabilitación del interno o interna y el respeto a sus derechos humanos. Para ello, los establecimientos penitenciarios contarán con espacios para el trabajo, el estudio, el deporte y la recreación, funcionarán bajo la dirección de penitenciaristas profesionales con credenciales académicas universitarias, y se regirán por una administración descentralizada, a cargo de los gobiernos estadales o municipales, pudiendo ser sometidos a modalidades de privatización. En general, se preferirá en ellos el régimen abierto y el carácter de colonias agrícolas penitenciarias. En todo caso las fórmulas de cumplimiento de penas no privativas de la libertad se aplicarán con preferencia a las medidas de naturaleza reclusoria. El Estado creará las instituciones indispensables para la asistencia postpenitenciaria que posibilite la reinserción social del exinterno o exinterna y proporcionará la creación de un ente penitenciario con carácter autónomo y con personal exclusivamente técnico.”
El meollo del asunto es que nuestra cultura dista mucho de los nórdicos y sobre todo que nuestras instituciones cuando funcionan, lo hacen de manera muy laxa. Gómez Grillo creyó que, al plasmar su propuesta en una norma constitucional, “decretaría” el cambio de un sistema penitenciario violento y hacinado por otro que sí garantizara una mayor regeneración y reinserción social.

2.- El surgimiento del “pran”
En este régimen de los eufemismos, la jerga oficial sustituyó los adjetivos reo, preso y recluso por privado de libertad –lo irónico es que por su vocación autoritaria ha privado a la ciudadanía de libre expresión, pensamiento, tránsito y consumo.
Mientras tanto, desde hace una década, en las cárceles se ha impuesto una jerga autóctona, ya que los reclusos hablan su “idioma” y tienen sus “reglas”. Esa es la verdadera descentralización: cada cárcel venezolana constituye un autogobierno. No se trata de directores (alcaides) nombrados por el Ejecutivo Nacional; quienes mandan son caudillos cuyo prestigio nace de su reputación criminal y tienen su propio gabinete o séquito: el “pran” y sus “luceros”, su primer anillo de seguridad, el “tren” (o “carro”).
Para algunos, “pran” recuerda el sonido de “rastrillar” un machete sobre el asfalto; para otros, se trata de un acrónimo: PRAN, es decir, las siglas de “preso rematado (condenado)-asesino nato”. De cualquier manera, el término implica una autoridad que infunde temor y cuya palabra es “ley” dentro e incluso fuera de la cárcel.

3.- De las ciudades judiciales a los “centros totales de entretenimiento”
Más allá de Gómez Grillo, hubo una propuesta muy atractiva que terminó derivando en nichos para la corrupción como Ciudad Lebrún. El ahora prófugo –y entonces diputado- Luis Velásquez Alvaray vendió muy bien la idea de construir ciudades judiciales en reemplazo de las inhumanas y obsoletas instalaciones penitenciarias.
La cárcel de Uribana construida al término del segundo gobierno de Rafael Caldera, tras la demolición del Retén de Catia, fue inaugurada por Hugo Chávez y en vez de convertirle en modelo de gestión, dejó que se hacinara como las otras. Con tales antecedentes, Velásquez Alvaray devenido en Director Ejecutivo de la Magistratura propuso la construcción de más de 100 ciudades judiciales.
Si la Ciudad Judicial Lebrún estaba prevista para concentrar los casi 300 juzgados de Caracas, las otras permitirían que en un mismo espacio coexistiesen cárceles y tribunales, lo cual teóricamente produciría la celeridad que jamás logró el Código orgánico procesal penal (con sus palacios estadales de Justicia y procesos orales). En otras palabras, si el traslado a tribunales ocurría a través de túneles comunicados con las áreas de reclusión, sería resuelto el problema del retardo procesal (la experiencia mexicana, tal como denuncian los documentales “El túnel” y “Presunto culpable”, demuestra que eso no está garantizado).
Recuérdese que en este país hay 335 municipios, así que la propuesta del exmagistrado Velásquez Alvaray implicaba una cuantiosa inversión para triplicar el número actual de establecimientos penitenciarios; suponiendo descentralización administrativa, una ciudad judicial por cada tres alcaldías. En todo caso, desaparecieron los recursos; no obstante, las cárceles sí se transformaron…
… según los deseos de los “pranes”. Sólo en Venezuela los líderes reclusos se sienten más cómodos que Pablo Escobar en Envigado: tienen visita y pernocta de pareja y familia; incluso hay “luceros” que salen durante el día; organizan fiestas y concursos, pues las cárceles cuentan con discoteca, bar, restaurante, centro de apuestas, piscina, canchas diversas (béisbol, fútbol rápido, baloncesto), piscina y zoológico. Asimismo, planifican distintos crímenes desde allí (sicariato, secuestro, atraco, extorsión, prostitución y narcotráfico) y manejan tanto dinero –quizá más que muchas alcaldías o gobernaciones- que corrompen a sus custodios, quienes les proveen de armas de guerra. Pese a ello, el Ministerio de Servicios Penitenciarios mantiene saturados los calabozos policiales –en municipios gobernados por la oposición- mientras que otorga beneficios procesales y borra los antecedentes de varios reclusos… Cuando estalla un motín, la solución es cerrar la cárcel y seguir hacinando a las más sobrepobladas…

 4.- La delincuencia como proyecto de vida
En días recientes, se hizo viral el dibujo donde una niña mostraba a su maestra la profesión que querría ejercer cuando sea mayor: Malandra. La niña se representó a sí misma con un arma en la mano y a sus pies, el cadáver de un hombre. Aunque sin duda es un factor de alarma, no se trata de un hecho aislado.
Por el contrario, en otra escuela, ubicada a menos de un kilómetro de una cárcel, niñas de 11 y 12 años repetían: “La que no es puta, no disfruta; si no es perra, no prospera…” No hay que sorprenderse, los menores “vacacionan” en las cárceles y ya no quieren seguir estudiando. De hecho, la economía de varias localidades depende de las cárceles, donde incluso la gente adquiere los productos que escasean en los comercios. ¿Cómo extrañarse que los niños quieran ser “luceros” y que las niñas aspiren suceder a “Rosita”?

5.- Física elemental: “Dos cuerpos no pueden ocupar un mismo espacio”
Cuando el Estado ocupa ciertos sectores de la economía, desplaza a la inversión privada, que tampoco puede competir con las barreras artificiales de una regulación excesiva. De manera similar, en territorios donde el Estado no cumple sus funciones básicas –léase prestación de servicios públicos-, puede ocurrir el “efecto desplazamiento” de las autoridades por las redes criminales.
No es gratuito que en ciertos barrios o localidades el orden sea impuesto desde la cárcel más próxima. “Limpiezas” y “toques de queda”, o “decretos de duelo”, son elementos comunes de las “zonas de paz” –que rememoran la trampa de la guerrilla donde cayó Andrés Pastrana hace una década: “los territorios liberados”. Si el Estado no aparece y el pueblo –hambriento y desesperado- ya no cree en la dirigencia política, los “pranes” no tendrían inconveniente en conquistar y “defender los espacios”. Por desgracia, hacia eso podría dirigirse nuestro país.

@guimarcastel


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