Control de precios extraviado y los CLAPs
Escrito por Enrique González Porras | X: @enriquergp   
Miércoles, 29 de Junio de 2016 07:11

altEl departamento de prensa del ministerio del Poder Popular para Industria y Comercio, publica una nota informativa el 20-06-2016 por medio de la cual informan que su máxima autoridad

habría asegurado que “la rentabilidad no debe ser la excusa para especular con los precios de los productos. No hay que tenerle miedo a la rentabilidad y para eso hay que saber cuánto nos cuesta un producto, con el fin de establecer cuál es el precio que hay que ponerle por rentabilidades justas”.

Las declaraciones anteriores responden a un “modelo económico socialista del siglo XXI” que por partir de “juicios” errados y desconocimiento de la materia económica-regulatoria, ha generado distorsiones tanto en precios relativos como en incentivos a la producción y la oferta que terminan explicando el proceso estanflacionario y la crisis económica de escasez y desabastecimiento que atraviesa el país.

Si bien lo hemos desarrollado en numerosos ocasiones, expondremos cinco puntos fundamentales para explicar el extravío en materia económica-regulatoria y cómo todo lo que ha anunciado el Gobierno, en materia de controles, profundizará la crisis económica.

Primero, la rentabilidad resulta un elemento fundamental del emprendimiento, la inversión, la producción y la oferta por significar el esquema de incentivo por excelencia para estas actividades.

Ahora bien, la rentabilidad no depende exclusivamente del nivel de precios, sino igualmente de los costos y de la valoración que los consumidores asignen al bien y servicio en cuestión. Lo anterior implica –como lo asomaremos en el siguiente punto- que el precio no tiene por qué estar lesionando al consumidor que adquiere el bien, porque puede estar reflejando preferencias, valoraciones y en consecuencia implicando un reconocimiento por parte del consumidor al productor u oferente respecto a la satisfacción de una necesidad específica. Más allá, la rentabilidad podría explicarse o incluso aumentar producto de que la empresa haya introducido mejoras e innovaciones en sus operaciones y procesos permitiéndole ahorrar e incluso disminuir costos, incrementando su rentabilidad. En este orden de ideas mal puede ser vista la rentabilidad y el esfuerzo por mantenerla e incluso aumentarla vía eficiencia económica como una acción que lesiona a la sociedad, por el contrario, tal incentivo ha permitido que el ser humano hoy conozca todos los bienes y servicios que nos permiten la calidad de vida de la cual gozamos. Vale acotar que por eso es que la regulación y el control de rentabilidad como el que existe en la Ley Orgánica de Precios Justos se encuentra en desuso a nivel mundial. No es posible que una política pública y regulatoria tienda a castigar y señalar como ilícito e infractor a aquel productor u oferente que producto de una racionalización de sus costos exceda un límite de rentabilidad Ad Hoc y único. El regulador estará castigando y lesionando a los más eficientes, lo que por cierto constituiría un golpe al interés público y al bienestar social.

Segundo, los precios y el mercado constituyen un sistema altamente eficiente de valoración social de los bienes y de los recursos productivos, poco vulnerable a manipulaciones políticas, populismo destructivo, corruptelas, etc. Siendo que un mercado es completo y lo suficientemente competitivo, no existe precio regulado y fijado por un burócrata que pueda superar el nivel de bienestar social y acceso al bien que garantiza el precio determinado en el mercado. El mercado actúa como espacio democrático de consolidación de gustos, preferencias y posturas respecto a bienes y servicios para que sean transados.

Tercero, el precio no tiene por qué constituir materia de interés público per se y ex ante. Supongamos que un precio justificado por sus costos de producción y oferta, así como la competencia en el mercado, resulta superior a la posibilidad de adquirirlo por parte de un individuo o grupo de estos –supongamos los desempleados que no poseen ingreso alguno-. El problema de acceso, en este caso, no se debe al precio, sino a la pérdida de poder de compra del salario –en un extremo salario cero para del desempleado o cercano a cero para subempleados-. Forzar precios regulados que no cubran los costos de producción, oferta y remuneración del capital, creará desincentivos a los oferentes que se traducirán en escasez, desabastecimiento y un déficit de oferta respecto a la demanda –creándose adicionalmente incentivos perversos para arbitrar o bachaquear-.

Cuarto, las relaciones económicas y comerciales voluntarias constituyen un juego suma positivo, donde ambas partes ganan, por lo que imponer controles de precios sobre todos los bienes y servicios constituye no solo un problema de falsos positivos sino una violación masiva de derechos y libertades –especialmente la de los consumidores a quienes se les conculca su soberanía y poder disciplinador en los mercados-. Lo anterior significa que todo precio producto de una relación, intercambio o transacción voluntaria o aquel determinado como valor social, constituye un precio justo.

Quinto, en el caso que existan imperfecciones de mercado, comprobadas producto de un debido proceso, podría justificarse el inicio de un diseño de esquema regulatorio, pero siempre en casos particulares y específicos –nunca sobre todos los bienes y servicios como señala la Ley Orgánica de Precios Justos-. Resulta oportuno señalar que en estos casos debe valorarse la utilización de instrumentos regulatorios de alto poder de incentivo como por ejemplo: los Price-caps; la coparticipación sobre el ahorro de costos sobre fondos públicos; subastas, licitaciones, procurement y “mecanismos de competencia por el mercado”; yardstick competition, etc.

No resulta coincidencial que aquellos países sin controles de precios o con reducidas acciones regulatorias de este tipo muestren los menores índices inflacionarios en el mundo. El gobierno venezolano está pretendiendo actuar sobre consecuencias y no sobre las causas de la crisis. Peor aun creando políticas que profundizarán la crisis y simplemente redistribuyendo pobreza –CLAPs- mientras destruye riqueza y bienestar.

Economista UCV. Master in Competition and Market Regulation, BGSE, Universidad Pompeu Fabra, Universidad Autónoma de Barcelona. Postgraduate Diploma in Economics for Competition Law, Kings College London. Master en Economía Industrial, Universidad Carlos III de Madrid. Programa Avanzado en Política de Competencia, Instituto de Empresas, IE. Master en Economía y Derecho del Consumo, UCLM. Especialización en Economía de los Sectores Telecomunicaciones, Energía, Transporte, Farmacéutico, Agua y Banca, Universidad Carlos III de Madrid, Universidad Pompeu Fabra.


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